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Catalunya gravará a 3,6 millones de vehículos por las emisiones de CO2

Los detalles de la aplicación del impuesto a las emisiones de CO2 de los vehículos en Catalunya a están ultimados. Obstáculos políticos, jurídicos y técnicos habían retrasado la implantación del gravamen, que ya estaba recogido en la ley de Cambio Climático, aprobada en el 2017. Una vez superados los escollos que han acompañado este tributo, el camino queda despejado. En total, 3,6 millones de vehículos deberán pagar el tributo, que empezará a cobrarse el próximo año, aunque los recibos tendrán como fecha el 31 de diciembre del 2019.

La letra menuda del nuevo impuesto queda recogida en un anteproyecto de ley elaborado por el departamento de la Vicepresidència i d’Economia i Hisenda que será aprobado en breve por el Govern.

El documento incorpora algunas modificaciones a la ley de Cambio Climático, para dar más consistencia a la nueva tributación y resolver algunas carencias e imprecisiones legales que complicaban su aplicación.

El impuesto gravará los vehículos en función de sus emisiones a la atmósfera, de manera que penaliza a aquellos que arrojan más CO2 y, que, por lo tanto, contribuyen más al calentamiento.

Los que arrojen menos de 120 gramos de CO2 por kilómetro estarán exentos de este pago en el año 2019, y a partir del 2020 pagarán el tributo al rebasar el listón de los 95 g/CO2/km. El sentido último es promover una flota más limpia dando señales ecológicas al mercado.

Turismos y furgonetas tributarán en el 2019 (aunque el recibo se pasará al cobro en el 2020) mientras que las motos se incorporarán en el 2020 y lo pagarán en el 2021. En cambio, no tributarán los camiones, aunque el Govern no descarta que puedan hacerlo en un futuro.

Escollos técnicos superados

El Govern promueve una modificación de la ley de Cambio Climático

La modificación de la ley nace sobre todo de la necesidad de fijar el impuesto a los coches más antiguos, que carecen de información sobre sus emisiones. La Generalitat se encontró con que gran parte de parque de vehículos no tiene la cifra del volumen de emisiones en la ficha técnica de los vehículos.

Por eso, “hemos hecho estudios para obtener una fórmula que permite determinar las emisiones de esos vehículos para los que no ¬teníamos datos de emisiones”, explica Marta Espasa, secretaria d’Hisenda del Govern. Se han considerado diversos parámetros (carburante, potencia, cilindrada, masa, antigüedad …), en todo lo cual ha colaborado el Barcelona Supercomputing Center. La lectura estimada de emisiones afecta a entre un 40% y 50% de total de vehículos.

La intención inicial del Govern era aplicar el impuesto en el año 2018, pero las sucesivas demoras han hecho que en la práctica se tenga que retrasar formalmente hasta el año 2019.

Marta Espasa

Será el impuesto propio más importante de la Generalitat atendiendo al número de contribuyentes

Secretaria d’Hisenda de la GeneralitatEl nuevo impuesto será de una periodicidad anual y tendrá como primera fecha de aplicación el año 2019 (el recibo llevará como fecha el 31 de diciembre de cada año). “Este será el impuesto propio más importante de la Generalitat atendiendo al número de contribuyentes; en total, casi tres millones”, señala la secretaria d’Hisenda. Será un impuesto muy parecido al de otros tributos locales o estatales (IBI, o impuesto de circulación…).

La Agència Tributaria ya dispone de los datos de todos los vehículos, que le han sido cedidos por la Dirección General de Tráfico.

La Agència Tributària girará las liquidaciones enviándolas directamente al contribuyente, sin que éste tenga que hacer una autoliquidación. “Fijaremos la cuota y le diremos al ciudadano lo que debe pagar, como si fuera otro impuesto, como el impuesto de circulación o el IBI”, añade Espasa.

Secretaria d’Hisenda

“El impuesto se cobrará por primera vez en el 2020 pero referido al año 2019”

“El impuesto lo cobraremos por primera vez en el 2020, pero referido al año 2019”, precisa. Dado que se hará una notificación previa en mayo –contra la que cabrían alegaciones ciudadanas– y que el padrón definitivo estará en septiembre, la Secretaria d’Hisenda calcula que una parte de pago ya se retrasará hasta el 2021.

El impuesto tiene una estructura de fiscalidad ambiental progresiva en cinco tramos, de manera que los segmentos de emisiones más altas están especialmente penalizados. En el 2020, esta exigencia será mayor; es decir, el impuesto es será más caro. Así, en el año 2019, los vehículos estarían exentos de pagar en la franja hasta los 120 gramos por kilómetro recorrido –tributarán a partir de esa cantidad–, mientras que en el año 2020, empezarían a pagar al superar la barrera de los 95 g/km. Un vehículo con unas emisiones de 150 g/CO2/ km, por ejemplo, pagaría 17,5 euros en el 2019 y 44,5 euros en el 2020.

Por el contrario, un 4×4 con un volumen de emisiones de 218 g/CO2/km sería castigado con 76,6 euros en el 2019 y 128,77 euros en el 2020. La modificación legal también aclara mejor que son objeto del impuesto las empresas (alquiler de coches …) cuando tienen una sucursal o una oficina en Catalunya.

El RACC ha valorado positivamente de manera global la propuesta, pero ha expresado ciertas reservas. Esta entidad sostiene que “la nueva tasa grava la posesión y no el uso” y que se deja de lado los vehículos de gran tonelaje, que, de forma general, tienen más emisiones por kilómetro recorrido. El Govern replica en este punto que deja de lado por ahora a los camiones porque no hay un inventario de emisiones disponible para fijar el gravamen.

Largo bloqueo

“Desde un punto de vista de equidad, el nuevo impuesto puede afectar más notablemente a los colectivos económicamente más vulnerables”, dice el RACC, quien sostiene el argumento apuntando una cierta correlación entre la antigüedad de los vehículos (y, por tanto, emisiones más elevadas) y algunos sectores de población (jóvenes, mayores y hogares de rentas bajas).

La instauración de este impuesto ha sufrido un largo proceso, bloqueado sobre todo en la fase de aplicación del artículo 155 (en el que Catalunya perdió su autogobierno) y con un recurso de inconstitucionalidad (presentado por el PP), y finalmente ganado en este punto por la Generalitat el pasado mes de junio, pues los jueces interpretaron que no había doble imposición, sino que era un impuesto propio.

Finalidad

Los recursos son finalistas y se destinan a dos fondos para proteger el clima y la naturaleza

La ley de Cambio Climático creó dos fondos con los recursos recaudados: un Fondo Climático para apoyar la transición energética (ayudas a los sectores limpios) y un Fondo para el Patrimonio Natural, destinado a financiar actuaciones en el medio natural, hoy infradotadas.

Los ingresos estimados se han llegado a cifrar en unos 80 euros al año, pero Hisenda prefiere no aventurarse en estos cálculos, si bien otras fuentes estiman que podrían ser incluso superiores en el futuro. El RACC pide, en cambio, que el 100% de la recaudación vaya a la renovación de flotas. De hecho, esta entidad pide un tope máximo anual de 150 euros por vehículo al año, ya que en algún caso sus asociaciones deben pagar hasta 300 euros

Impuesto finalista

Un elemento relevante del nuevo impuesto es su finalidad 100% ambiental. Todo lo que se recaude se destinará a acciones para proteger el medio ambiente, según explica Marta Subirà, secretaria de Medi Ambient del Departament de Territori i Sostenibilitat.

“El 50% de la recaudación se destina al Fondo para el Cambio Climático, que impulsará políticas de mitigación, como la mejora del transporte público y las ayudas a la renovación de flotas de vehículos antiguos y más contaminantes así como políticas de adaptación al cambio climático”, añade.

Marta Subirà, secretaria de Medi Ambient

“Necesitamos disponer de más y mejores instrumentos para hacer frente a la emergencia climática, y gestionar y proteger mejor la naturaleza”

“Necesitamos disponer de más y mejores instrumentos para hacer frente a la emergencia climática” recalca. “El otro 50% se destinará al Fondo del Patrimonio Natural”, sentencia Subirá, que recuerda la importancia del informe del IPBES de Naciones Unidas al alertar de la necesidad de políticas más activas de gestión de la biodiversidad y los espacios naturales.

“Debemos gestionar y proteger mejor la naturaleza, un ámbito desde siempre infrafinanciado, y para ello necesitamos más recursos humanos y económicos. El impuesto supondrá un salto adelante en gestión del patrimonio natural en Catalunya por parte de todos los actores que intervienen en el territorio” concluye.

El mundo del automóvil

En cambio, Anfac, Faconauto, Fecavem, Fomento y el Colegio de Gestores Administrativos de Cataluña han presentado sendos documentos con alegaciones al anteproyecto de ley. Su propuesta persigue conseguir una reducción de emisiones de CO2 “sin que sea necesario introducir un impuesto adicional”(al impuesto de circulación).

Criterios comunes

El sector del automóvil propone transformar el impuesto de circulación para incorporar verdaderos criterios medioambientales

Estos sectores proponen transformar el impuesto de circulación para incorporar verdaderos criterios medioambientales, enfocados al uso del vehículo y que sean comunes en todos los territorios.

“Los vehículos más viejos son los responsables de las mayores emisiones de CO2 y contaminantes, por lo que es fundamental promover su desguace. Las medidas fiscales deben ser planteadas con una visión de conjunto y que respondan al grueso del problema en todo el territorio”, señalan.

Su argumento es que los conductores de Catalunya pagarán más que el resto por la posesión de su vehículo.

Introducir más carga fiscal en absoluto favorece la economía cuando nuestro objetivo es una fiscalidad más competitiva”, añaden.

“El nuevo impuesto crea otras desigualdades territoriales. Muchos de los vehículos que antes se censaban en Cataluña, ahora ya no lo hacen. Y esto afecta -no sólo a la recaudación catalana- sino a las empresas de Cataluña que les prestan servicios”.

Las claves del nuevo gravamen

1.¿CUÁNDO SE PAGA? El nuevo impuesto será de una periodicidad anual y tendrá como primera fecha de aplicación el año 2019 (el recibo llevará como fecha el 31 de diciembre de cada año). El periodo de pago se fija entre el 1 y el 20 de noviembre del año siguiente, es decir, la primera factura se deberá abonar el 2020.

2 ¿QUIÉN DEBE HACERLO? Serán objeto del gravamen todos los turismos con un máximo de ocho asientos, las furgonetas para el transporte de mercancías con una masa máxima no superior a las 3,5 toneladas y las motos (aunque en este último caso, su aplicación se demora hasta el 2020). Vehículos eléctricos o flotas de servicios públicos quedan exentos. Los camiones tampoco pagan, lo que motiva algunas de las alegaciones.

3 ¿A QUIÉN? La Agència Tributària girará las liquidaciones enviándolas directamente al contribuyente. Previamente, la Secretaria d’Hisenda hará un trámite para notificar las autoliquidaciones individualmente, de manera que el ciudadano podrá presentar alegaciones si no está de acuerdo con las emisiones que le han sido asignadas. El padrón definitivo se expondrá entre el 1 y el 15 de septiembre, y contra él aún cabrá recurso o reclamación. Mediante la ley de presupuestos de la Generalitat se podrán modificar los elementos para cuantificar el impuesto.

4 ¿PUEDO RECURRIR? La Administración estará obligada a responder a las alegaciones, y cuando el padrón ya sea definitivo se notificará personalmente la cuota que pagar finalmente establecida.

5 ¿Y SI VENDO EL COCHE, QUIEN PAGA? Lógicamente, pagará el impuesto quien en ese momento sea titular de vehículo según el registro en la dirección general de Tráfico.

Fuente: La Vanguardia