Desde el 30 de septiembre de 2026, los registros de las comunidades autónomas solo admiten los certificados de eficiencia energética realizados con las últimas versiones actualizadas de los procedimientos reconocidos, salvo las excepciones previstas en la normativa, según ha informado el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco). Las nuevas herramientas incorporan las modificaciones introducidas en los Documentos Reconocidos para la certificación energética de edificios.
La entrada en vigor se produjo el 30 de septiembre. La actualización se enmarca en el Real Decreto 390/2021, cuyos artículos 4 y 5 regulan los documentos reconocidos y el uso de la última versión inscrita. La normativa contempla una excepción para determinados certificados de obra terminada, además de las salvedades previstas reglamentariamente.
Nuevas versiones para los registros autonómicos
Con la entrada en vigor de los cambios, los profesionales deben comprobar la versión del programa utilizado antes de registrar la documentación correspondiente a la certificación energética del edificio.
Seguir leyendo en Eseficiencia